📰 TC derrumba prohibición histórica: lo que realmente significa la sentencia sobre relaciones entre personas del mismo sexo en la Policía y las Fuerzas Armadas
En los últimos días se ha generado un intenso debate público sobre la sentencia TC/1225/25 del Tribunal Constitucional de la República Dominicana, que declaró inconstitucionales los artículos que penalizaban las relaciones sexuales consensuadas entre personas del mismo sexo dentro de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas.
Lamentablemente, muchas personas han interpretado —incorrectamente— que esta decisión implica que ahora se permiten “relaciones sexuales en los destacamentos”.
Desde TRANSSA, queremos aclarar lo que realmente establece esta sentencia y por qué representa un avance importante en materia de derechos humanos.
1. ¿Qué fue exactamente lo que el Tribunal Constitucional anuló?
El TC eliminó dos artículos antiguos que sancionaban a policías y militares por tener relaciones sexuales con personas de su mismo sexo, penalizando la orientación sexual como si fuera un acto delictivo.
Estas normas permitían castigos incluso cuando las relaciones eran:
- privadas,
- consensuadas,
- entre adultos,
- fuera del servicio.
Eran disposiciones discriminatorias basadas en prejuicios y contrarias a la Constitución, que protege:
- la dignidad humana,
- el derecho a la intimidad,
- la igualdad ante la ley,
- el libre desarrollo de la personalidad,
- y la no discriminación.
Tal como establece el expediente oficial del Tribunal Constitucional TC/1225/25.
2. Lo que la sentencia NO dice
Para evitar desinformación, es fundamental aclararlo:
❌ La sentencia NO autoriza relaciones sexuales en destacamentos.
❌ NO permite actos sexuales durante el servicio.
❌ NO elimina normas de disciplina militar o policial.
❌ NO autoriza conductas inapropiadas dentro de los recintos institucionales.
Los destacamentos siguen siendo espacios regulados donde no se permiten relaciones sexuales de ningún tipo, independientemente de la orientación sexual.
La disciplina institucional permanece intacta.
Lo que cambia es que ya no se puede castigar a alguien por tener una relación privada con una persona de su mismo sexo fuera del servicio, como ocurría antes.
3. ¿Qué sí significa esta sentencia?
✔ Fin de una sanción discriminatoria.
Ya no es posible castigar penal o disciplinariamente a un policía o militar por su orientación sexual.
✔ Protección a la vida privada.
El Estado no puede inspeccionar ni penalizar relaciones íntimas entre adultos fuera del servicio.
✔ Respeto al libre desarrollo de la personalidad.
La orientación sexual deja de ser motivo de persecución institucional.
✔ Un paso hacia la igualdad real.
República Dominicana avanza hacia instituciones más respetuosas de los derechos fundamentales.
4. ¿Por qué esta decisión importa?
Porque reafirma algo esencial:
ninguna persona debe perder derechos por su orientación sexual.
Esta sentencia:
- desmonta normas heredadas de un pasado autoritario,
- ayuda a erradicar estigmas,
- fortalece las garantías constitucionales,
- y pone a las instituciones en coherencia con los estándares de derechos humanos.
No es una sentencia sobre sexo.
Es una sentencia sobre dignidad, igualdad y justicia.
5. TRANSSA reitera:
✨ Respaldamos toda acción que elimine normas discriminatorias.
✨ Defendemos la igualdad, la privacidad y los derechos humanos.
✨ Combatimos la desinformación que afecta a nuestra comunidad y a la sociedad en general.
✨ Aspiramos a instituciones basadas en derechos, no en prejuicios.
La sentencia TC/1225/25 es un paso importante hacia un país más justo e inclusivo.




