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República Dominicana: Activistas y comunidad LGBTI+ lucha para que Senado no apruebe Código Penal que excluye la orientación sexual y la identidad de género como causales de discriminación | Race and Equality
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Washington D.C., 19 de julio de 2021.– La Cámara de Diputados de República Dominicana aprobó el pasado 30 de junio una reforma al Código Penal que excluye la orientación sexual como causal de discriminación, por lo que organizaciones y activistas que defienden y promueven los derechos de las personas LGBTI+ en este país, se encuentran librando una batalla legal y social para que el Senado no ratifique este Código Penal y, por el contrario, amplíe las causales de discriminación contra la comunidad con orientación sexual e identidad de género diversas.

El Instituto sobre Raza, Igualdad y Derechos Humanos (Raza e Igualdad) conversó con el activista y abogado en derechos humanos, Juan Alberto Francisco, quien explicó que desde hace más de 20 años se vienen realizando esfuerzos para reformar el Código Penal, pero estos siempre se han visto obstaculizados por el predominio de grupos conservadores tanto en la Cámara como en el Senado, e incluso a nivel Ejecutivo. Ejemplo de ello es que la reforma del 2015 fue vetada por el entonces presidente Danilo Medina, ya que incluía las tres causales para la interrupción del embarazo.

Francisco señaló que fue hasta agosto de 2019 que se logró introducir un anteproyecto de ley que reconocía la orientación sexual y la identidad de género como causales de discriminación; sin embargo, esta última fue dejada por fuera en el borrador que preparó la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados. Cuando finalmente fue sometido a votación el pasado 30 de junio, 92 diputados votaron en contra de que la orientación sexual quedara contemplada en el artículo 187, que es el que se refiere a las causales de discriminación.

El especialista dijo que otra modificación preocupante es que los diputados incluyeron en dicho artículo un párrafo que dice: “no habrá discriminación cuando el prestador de servicio o contratante fundamente su negativa por objeción de conciencia religiosa, ética o moral, o por requisitos institucionales”.

“Eso quiere decir que en caso de que la comunidad LGBT sea excluida de cualquier servicio de salud, de cualquier empleo, incluso de cualquier establecimiento comercial, no se considerará discriminación”, comenta Christian King, activista trans no binarie y representante de la organización Trans Siempre Amigas (TRANSSA). “Eso es un retroceso tomando en cuenta que TRANSSA ha utilizado la Unidad de Derechos Humanos de la Procuraduría General de la República, y hemos logrado indemnización de daños causados a personas LGBT que han sido discriminadas en ese sentido”, agrega.

Tras la aprobación en la Cámara de Diputados, corresponde que el Senado vote esta reforma al Código Penal. Aunque aún no hay una fecha definida para ello, activistas y la comunidad LGBTI+ de República Dominicana está realizando diversas acciones para visibilizar la violación de derechos humanos que implicaría la aprobación definitiva de este Código Penal y para que, tanto la orientación sexual como la identidad de género, sean reconocidas como causales de discriminación.

“Se ha formado un movimiento, que se llama RD es de Todes, y está integrado por activistas y miembros de la comunidad LGBT que quieren que este Código Penal no sea aprobado tal cual está. Con TRANSSA hemos agotado procesos legales de la mano con el Observatorio de Derechos Humanos de Personas Trans, para que el Senado entienda que se estarían violando derechos. Lo que realizamos con el Observatorio fue una acción de amparo preventiva ante el Tribunal Superior Administrativo para que el Senado no lo apruebe, mientras que el movimiento RD es de Todes está articulando son senadores para sensibilizar. También estamos haciendo trabajo de visibilización con medios de comunicación y ante el Sistema Interamericano para crear presión y que el Senado no apruebe”, expresó King.

El activista y abogado en derechos humanos, Juan Alberto Francisco, explicó que, desde el punto de vista legal, los senadores deben entender que incluir la orientación sexual en el artículo 187 del Código Penal no implica ningún conflicto con la legislación nacional, incluida la Constitución, pues más bien la orientación sexual ya está contemplada en otras leyes como el Código Procesal Penal, el cual contempla que no puede haber discriminación de jueces ni funcionarios del Ministerio Público basándose en prejuicios por raza, orientación sexual, entre otros.

Francisco comentó que, lamentablemente, en el Senado también hay una fuerte influencia de grupos conservadores y anti-derechos. Además, aunque el Senado modifique el Código Penal con base en las demandas planteadas, este debe volver a la Cámara de Diputados para ser aprobado.

Desde Raza e Igualdad nos unimos a la preocupación de activistas y comunidad LGBTI+ de República Dominicana ante la aprobación de este Código Penal, y llamamos al Senado, a la Cámara de Diputados y al Ejecutivo a tomar en cuenta las obligaciones del Estado en materia de derechos humanos, especialmente a las referidas a garantizar la no discriminación.

 

Foto: Activistas e integrantes de la comunidad LGBTI+ en República Dominicana, concentrades frente al Congreso de la República. Cortesía / TRANSSA

 

Fuente: https://raceandequality.org/es/espanol/reforma-codigo-penal-republica-dominicana-exclusion-orientacion-sexual-causal-discriminacion/

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